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  • La postulación es presencial, de 8:00 a.m. a 3:00 p.m., en la Institución Educativa Nelson Garcés Vernaza, del barrio Nuevo Amanecer.


Santiago de Cali, 27 de octubre de 2026

Hasta el sábado 31 de octubre, los adjudicatarios y deudores hipotecarios del Fondo Especial de Vivienda (FEV) y la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat de Cali, pueden postularse al Subsidio Distrital de Vivienda que cubriría el saldo de su deuda para obtener el paz y salvo.

La convocatoria fue abierta mediante la Resolución F.E.V. No. 4244.0.9.10.383 de 2026 y las postulaciones se hacen, presencialmente, en la sede de la Institución Educativa Nelson Garcés Vernaza (carrera 28D # 123-75).

El subsidio se gira directamente a la entidad que otorgó el crédito y se imputa a la deuda del hogar. Según la resolución, su monto corresponde al valor de la obligación pendiente, sin superar los 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), establecidos en el Acuerdo 0644 de 2026. La convocatoria cuenta con una disponibilidad presupuestal de 9 mil millones de pesos.

“Este subsidio le permitirá a muchas familias tener el paz y salvo de los créditos de sus predios, con el Fondo y el Distrito, para que puedan levantar sus procesos hipotecarios, escriturar sus viviendas y, en un futuro, acceder a subsidios de mejoramiento”, explicó Aura María Betancourt, coordinadora del área de Cartera de Vivienda Distrital y el FEV.

Según la funcionaria, se trata de una deuda histórica de muchas familias caleñas, especialmente en la Comuna 21. “La deuda va a quedar en cero y se les van a generar sus certificados de paz y salvo”, recalcó.

Añadió que, de acuerdo con las carteras de ambas entidades, ninguna deuda supera los 30 salarios mínimos. “Todas las deudas quedarán pagas”, precisó Betancourt.

Una vez el Distrito cancele el subsidio, el FEV o la Secretaría de Vivienda expedirán el paz y salvo y, según el caso, el acto de transferencia del dominio o la escritura de cancelación del gravamen hipotecario. Los gastos de estos trámites corren por cuenta del hogar beneficiario.

Algunos requisitos

| Conformar un hogar con ingresos mensuales no superiores a cuatro SMMLV.

| Tener obligación con el Fondo Especial de Vivienda y la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat Distrital.

| Acreditar la ocupación del inmueble por mínimo 12 meses.

| Estar clasificado en el Sisbén IV, entre A1 y C18.

| Presentar el certificado de residencia en Cali, de mínimo cinco años.

| Los hogares con personas en condición de discapacidad o víctimas del conflicto armado, deben aportar el certificado correspondiente y tendrán criterio adicional de priorización.

| Los documentos a presentar incluyen copia de la cédula de ciudadanía, recibo de servicios públicos, escritura o acto de adjudicación.

Importante…

La postulación no genera derecho adquirido: este solo se obtiene con el acto administrativo de asignación.

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