Seleccionar página

En atención a la seguridad, la salud pública y la protección del bienestar de todos los habitantes del Distrito Especial de Santiago de Cali, la Alcaldía, haciendo uso de sus atribuciones legales, ha emitido un Decreto con medidas de control estrictas sobre la distribución, venta, manipulación, porte y uso de pólvora, artículos pirotécnicos y fuegos artificiales.

Principales disposiciones del Decreto:

  • Suspensión de permisos: A partir de la entrada en vigencia de este Decreto y hasta el 31 de enero de 2024, se suspende la expedición de permisos para la venta y comercialización de cualquier tipo de pólvora, artículos pirotécnicos y fuegos artificiales en nuestra jurisdicción.
  • Prohibición de ocupación del espacio público: Queda estrictamente prohibida la ocupación del espacio público con la venta de pólvora, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos en nuestro Distrito Especial.

Consideraciones fundamentales:

Se han tomado estas medidas en respuesta a la necesidad de salvaguardar el orden público, la seguridad, la salubridad y especialmente la protección de niños, niñas, adolescentes y toda la ciudadanía ante los riesgos asociados con estos elementos.

Otros aspectos importantes del Decreto:

  • Restricción para menores y personas en estado de embriaguez: Se prohíbe la comercialización, porte, transporte, uso y manipulación de pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, así como globos de aire caliente, a menores de edad y personas en estado de embriaguez.
  • Sanciones y control estricto: Se aplicarán multas y sanciones a quienes incumplan este Decreto, con montos que oscilan entre dos y veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes, según la gravedad del caso. Además, se establece un riguroso control sobre la producción y fabricación de artículos pirotécnicos que contengan fósforo blanco.
  • Regulación de espectáculos públicos: Se requerirá un permiso especial para la realización de demostraciones públicas de pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, garantizando que sean ejecutados por técnicos o expertos debidamente acreditados y vinculados a empresas autorizadas por el Ministerio de Defensa Nacional.

Lea también: Cali ya encendió su alumbrado, 2023 “Un Sorprendente Relato Popular”

Sumado a esto, quien vulnere lo dispuesto, se le impondrá una sanción que oscila entre los dos a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes. El decreto estará en vigencia hasta el 31 de enero de 2024.

La Alcaldía, a través de la Secretaría de Seguridad y Justicia y la Secretaría de Gestión del Riesgo, velará por el cumplimiento riguroso de estas disposiciones en beneficio de la seguridad y bienestar de todos los habitantes de nuestro Distrito Especial.

A continuación, queda adjunto el PDF con el decreto: