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A partir de este miércoles 30 de marzo se inician los pagos correspondientes a la transferencia de marzo del Subsidio Colombia Mayor; estos pagos van hasta el martes 12 de abril y cada beneficiario recibirá 80.000 pesos.

El Distrito Santiago de Cali cuenta con 1.210 puntos Gane para facilitar el desplazamiento de las personas mayores para el cobro efectivo.

Con el subsidio del programa de Protección Social a la Persona Mayor se busca aumentar su seguridad por medio de la entrega de un recurso económico para quienes se encuentran desamparados, carecen de una pensión, o viven en la extrema pobreza.

Link de interés

https://www.cali.gov.co/bienestar/publicaciones/167398/beneficiario-de-colombia-mayor-busque-el-punto-mas-cercano-a-su-casa-para-cobrar-el-subsidio/

María Fernanda Penilla Quintero, secretaria de Bienestar Social, invita a las personas mayores a realizar el cobro oportuno y así evitar suspensiones o la pérdida del beneficio.

Así mismo, recordó que el pago a terceros solamente se realiza por medio de poder autenticado ante juez o notario con vigencia no mayor a 30 días.

¿Cuándo pierde el subsidio?

El beneficiario que ha ingresado al programa en cualquiera de sus modalidades, perderá el subsidio cuando deje de cumplir los requisitos establecidos en la normatividad vigente y en los siguientes eventos:

  1. Muerte del beneficiario.
  2. Comprobación de falsedad en la información suministrada o intento de conservar fraudulentamente el subsidio.
  3. Percibir una pensión.
  4. Percibir una renta entendida como la utilidad o beneficio que se obtiene de alguna actividad o bien en cuantía superior a la establecida en el numeral 3 del artículo 30 del Decreto 3771 de 2007, modificado por el Decreto 4943 de 2009.
  5. Percibir otro subsidio a la vejez en dinero que sumado con el del Programa de Protección Social al Adulto Mayor sea superior a ½ SMMLV otorgado por alguna entidad pública.
  6. Mendicidad comprobada como actividad productiva.
  7. Comprobación de realización de actividades ilícitas, mientras subsista la condena.
  8. Traslado a otro municipio o distrito.
  9. No cobro consecutivo de subsidios programados en dos giros.
  10. Retiro voluntario.

Si desea más información comuníquese a la Línea Dorada 602 890 06 86 o visite el Centro de Atención para Personas Mayores, ubicado en la Avenida 6 norte # 45N – 48 barrio El Bosque o en los CALI de la ciudad, para brindarte una cálida y oportuna atención.