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Con la ceremonia del martes (29.03.2022), la Secretaría de Salud Pública iniciará una nueva etapa, un momento histórico para el organismo y Santiago de Cali.

A partir de las 6:00 p.m., en el salón Farallones del Hotel Intercontinental, el Ministerio de Salud y Protección Social otorgará, de manera oficial, las nuevas competencias que tendrá la autoridad sanitaria de la ciudad, que desde el 1 de abril pasará a asumir funciones de Distrito Especial.

Esto gracias a que la capital vallecaucana fue elevada, a través de la Ley 1933 de 2018, a la categoría de Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios.

Para adquirir las nuevas competencias, la Secretaría de Salud Pública, como parte de la Administración Distrital, debió someterse a un proceso de transformación institucional, adecuándose a los requisitos reglamentados por el Decreto Ley 2459 de 2015.

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Mayor gobernanza…
Al ser reconocido como Distrito Especial en Salud, Cali tendrá autonomía administrativa en materia sanitaria respecto al Departamento y estará al nivel de otros distritos especiales del país como Bogotá, Barranquilla, Buenaventura, Cartagena y Santa Marta.

Lo anterior le permitirá a la ‘Sucursal del Cielo’ tener mayor gobernanza, control económico y un contacto directo con el Ministerio de Salud para recibir y gestionar, de manera más eficiente, recursos como aquellos destinados a las EPS del régimen subsidiado.

“Tendremos mayor capacidad en las relaciones con los diferentes actores del sistema de salud. Podremos tener la posibilidad de habilitar instituciones, dar permisos para que funcionen, así como también la posibilidad sancionatoria cuando estas no cumplan con los requisitos y la calidad debida para prestar los servicios de salud”, explica la secretaria de Salud Pública Distrital, Miyerlandi Torres Agredo.

Las nuevas competencias, añade, permitirán fortalecer el Plan Bienal de Inversión en Salud. El organismo tendrá la capacidad de gestionar proyectos de infraestructura y dotación para mejorar la capacidad resolutiva de las instituciones públicas de salud, principalmente las Empresas Sociales del Estado-ESE de baja complejidad.

Cabe resaltar que las ESE de la ciudad se fortalecerán, perfilándose hacia unidades de alto desempeño, con el fin de garantizar la salud de caleños y caleñas en tres ejes fundamentales: salud mental, enfermedades crónicas no transmisibles e innovación en salud.

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Inspección, vigilancia y control…
“El asumir funciones de Distrito, además, le da a la Secretaría de Salud más fuerza para poder hacer y cumplir su rol de inspección, vigilancia y control (IVC), pues como municipio inicialmente hacíamos la parte de la inspección y vigilancia, mientras ahora, como Distrito, haremos también el control”, indica el médico especialista Freddy Agredo, una de las cabezas del proceso de transformación.

Como Distrito, el organismo podrá ejercer acciones de IVC a EPS del régimen subsidiado, IPS públicas y privadas, servicios farmacéuticos y droguerías, así como a la cadena de producción y expendio de medicamentos convencionales y homeopáticos. De manera articulada con el Departamento, también vigilará a zoológicos, clínicas veterinarias y consultorios.

Otras competencias…
En total, son cerca de 30 nuevas competencias las que tendrá la autoridad sanitaria del Distrito Especial de Santiago de Cali, de las cuales se derivan aproximadamente 50 procesos. Además de las ya mencionadas, también se pueden destacar…
– Elaboración del Plan MAITE (Modelo de Acción Integral Territorial).

– Liderazgo en la adopción e implementación de RIAS (Rutas Integradas de Atención en Salud).

– Asistencia técnica a las EAPB e IPS públicas y privadas, en cuanto al cumplimiento del SOGCS (Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud) en sus diferentes componentes.

– Expedición de licencias de protección radiológica (aplica: licencia de práctica médica, veterinarias, industriales o de investigación -licencias de funcionamiento de equipos de rayos X-).

– Expedición de licencias de seguridad y salud en el trabajo de conformidad a la resolución 4502 de 2012.

– Gestión de plazas para el Servicio Social Obligatorio. Realizar y administrar el registro de profesionales técnicos y auxiliares del sector salud y emitir licencias.

– Coordinación directa con el Ministerio de Salud de biológicos del Programa PAI.

– Registro de los prestadores públicos y privados de servicios de salud; recibir la declaración de requisitos esenciales para la prestación de los servicios y adelantar la vigilancia y el control correspondiente.