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A través del Decreto 630 de 2021, la Alcaldía de Santiago de Cali conformó la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales con miras a las elecciones de Congreso de la Republica de Colombia que se realizarán el 13 de marzo de 2022.

Dicha Comisión estará integrada por el Alcalde de Santiago de Cali, quien la presidirá; el Comandante de la Policía Metropolitana de Cali o su delegado y el Comandante de la Tercera Brigada del Ejercito Nacional o su delegado.

Igualmente serán invitados permanentes a la Comisión el director Seccional de Fiscalías de Cal; el director y/o responsable del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación – seccional Cali; el presidente del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali; el procurador Regional del Valle del Cauca; el personero Distrital de Santiago de Cali; el contralor General de Santiago de Cali y los registradores Especiales del Estado Civil de Santiago de Cali.

También podrán participar los voceros de los partidos y movimientos políticos con personarla jurídica vigente, de los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que postulen candidatos; a quienes promuevan algún mecanismo de participación ciudadana, según sea el caso, para que intervengan con voz en la Comisión y formulen sus inquietudes en relación con el proceso electoral, para garantizar el normal desarrollo de los comicios.

Así mismo, se invitarán a los directores Ejecutivos de la Federación Colombiana de Departamentos, la Federación Colombiana de Municipios y la Misión de Observación Electoral (MOE); el secretario de Seguridad y Justicia será el secretario técnico de la Comisión.

 

Entre las funcionas de esta instancia se encuentran:

 

  1. Propiciar el cumplimiento de las garantías electorales en las elecciones ordinarias y extraordinarias, en los eventos relacionados con los demás mecanismos de participación ciudadana constitucional y legalmente autorizados.
  2. Hacer seguimiento al proceso electoral y presentar a las distintas autoridades electorales, administrativas, judiciales, disciplinarias, las que ejercen control fiscal y a la fuerza pública, las sugerencias y recomendaciones que consideren convenientes para asegurar el normal desarrollo del proceso electoral.
  3. Coordinar con los miembros que la conforman, cuando se considere oportuno, la atención de las peticiones, quejas y consultas que le sean formuladas por los partidos o movimientos políticos con personería jurídica vigente, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que postulen candidatos, quienes promuevan algún mecanismo de participación ciudadana relacionado con sus derechos, deberes y garantías electorales.
  4. Coordinar con el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil el suministro de la información electoral.
  5. Coordinar acciones en defensa de la transparencia del sufragio, la financiación de las campanas y los escrutinios.

Son 20 las funciones del organismos, las cuales puede consultar en el Decreto municipal 630 de 2021, que se anexa a este contenido.