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Ante el llamado de la comunidad referente a una coloración blanca evidenciada en la derivación 5-3-1 del río Pance, que descarga al humedal El Retiro y que también alimenta al humedal del Club del Municipio, en la zona posterior de la avenida Cañasgordas, a la altura de la carrera 121, en la comuna 22, el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (Dagma), activó todos sus protocolos para frenar este vertimiento, que pone en riesgo la calidad del agua de una de nuestras fuentes hídricas.

Inicialmente intervino la gestora ambiental de esta comuna y se programó la visita al lugar de técnicos del Grupo Recurso Hídrico, así como de Conservación de Ecosistemas, ya que se evidenció la violación del decreto 1076 de 2015,  el cual no admite vertimientos en las fuentes hídricas y en los suelos aledaños a las fuentes hídricas.

Con la información recolectada se procedió con un operativo conjunto de inspección, desde el humedal El Retiro aguas arriba, sobre la derivación 5-3-1, encontrando varios proyectos de vivienda en proceso de construcción, en los que no se evidenció que haya una afectación a este cuerpo de agua. Contrario a lo sucedido, en otro conjunto residencial, donde se realizó recorrido por la acequia, se detectó a la altura de una casa, una persona que adelantaba arreglos de pintura y construcción al interior de la misma.

Este trabajador lavó el tarro de pintura en la acequia y según lo evidenciado en el lecho de esta y en el cauce, depositó gran parte de la pintura sobrante en las aguas. Al tener contacto con el agua esa pintura empezó a generar el cambio de coloración afectando aguas abajo el punto donde se detectó la anomalía, afectando los peces y la fauna y el ecosistema asociado a la fuente hídrica.

“Gracias a la misma comunidad que nos alertó oportunamente, pudimos ir con nuestros profesionales del Grupo Gestión del Recurso Hídrico a identificar que efectivamente había una afectación a estos a estos canales de agua. Por consiguiente logramos identificar al infractor, a quién estaba vertiendo materiales nocivos y establecimos una medida preventiva. La medida preventiva es un procedimiento que jurídicamente establecemos en el Dagma, donde lo que hacemos es intervenir inmediatamente, prevenir el daño ambiental e iniciar un proceso sancionatorio a partir de esto”, precisó Franklin Castillo, subdirector de Calidad Ambiental del Dagma.

El trabajador del predio indicó no tener conocimiento de que esas actividades no se podían realizar en una fuente hídrica, fue notificado el propietario del predio, y finalmente se impuso la medida preventiva, prohibiendo realizar esa actividad, con el fin de proteger la Fuente hídrica y en la cual DAGMA iniciará los respectivos procesos sancionatorios a que haya lugar.

“Continuaremos con un proceso sancionatorio que será llevado a cabo por el equipo jurídico del Dagma. La invitación para la comunidad es que por favor nos informen cuando observen afectaciones a los recursos naturales los informes de forma inmediata nosotros estamos prestos las 24 horas del día para atender estos casos”, puntualizó Castillo.