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La Subdirección de Catastro Distrital analizó el 100 por ciento de los terrenos ubicados en el Parque Nacional Natural Farallones de Cali (PNNFC) y la Reserva Forestal Protectora Nacional de la ciudad (RFPN), para generar restricciones con el fin de preservar el medio ambiente.

Debido a la sentencia de acción popular proferida por la sección primera del Consejo de Estado, el 26 de junio de 2015, que procura la protección de estas zonas rurales, se conformó una mesa interinstitucional en 2017 liderada por la Secretaria de Vivienda Social y Hábitat y organismos distritales como el Departamento Administrativo de Hacienda, Dagma, Secretaría de Seguridad y Justicia; además del Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca -CVC-, la Dirección Territorial de Parques Nacionales, la Policía Metropolitana de Cali, la Procuraduría General y la Superintendencia de Notariado y Registro.

“Catastro hace la revisión de los predios que se encuentran dentro de estos lugares que hemos denominado ‘polígonos’, para hacerles una marcación respectiva con la finalidad de que no se sigan dividiendo, usurpando o construyendo, que se mantenga una regulación más fuerte”, constató el subdirector de este despacho, Edwin Alberto Perea Serrano.

La delimitación realizada por esta Subdirección se le transfiere a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali a través de actos administrativos, la cual se encarga de marcar los folios de matrícula inmobiliaria para que, ante una transacción de venta o división que los residentes quieran llevar a cabo, no sea permitida.

De acuerdo con Perea Serrano, dentro de esas reservas naturales se han identificado 8.330 predios (terrenos y mejoras). “El objetivo es afectar las matrículas inmobiliarias en el sistema catastral y también en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos mediante unos códigos, es decir: quien vaya a vender tierra en el PNNFC y la RFPN, le saldrá una restricción que le indicará que no es posible hacer subdivisiones de acuerdo a la sentencia emitida”.

Anteriormente, el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- mencionaba que dependiendo de la cantidad de área que se tenía se podía dividir; actualmente, existen los sustentos jurídicos que restringen ese fraccionamiento, pero cabe aclarar que estos no impiden vender un predio. “Si tengo 1.000 metros no los puedo convertir en dos lotes de 500 porque al llevar la escritura a una notaría, no nacería otra matrícula, ya que la sentencia va por encima a nivel local; adicionalmente todas las entidades están advertidas sobre la identificación y bloqueo de todos los terrenos”.

Además de evitar la fragmentación territorial y la sobrepoblación del Parque Nacional Natural Farallones de Cali y de la Reserva Forestal Protectora Nacional, estas actividades funcionan como ente de control sobre destrucciones e invasiones a los recursos forestales y acuíferos; por ejemplo, las minas y los vertederos de mercurio que se dan sobre las fuentes hídricas, en pro de salvaguardar la vida y el medio ambiente.