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Las entidades públicas y privadas deben adecuar en sus instalaciones un espacio acondicionado y digno para que las mujeres en periodo de lactancia que laboran allí puedan extraer la leche materna asegurando su adecuada conservación durante la jornada laboral.

Así lo estipula la Ley 1823 de 2017, la cual denomina a esos espacios Las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, los cuales deben estar adecuadas bajo normas técnicas de seguridad para que el líquido no sufra deterioro y pueda ser transportado al hogar y disponer de este en la alimentación del bebé, en ausencia temporal de la madre.

En la Alcaldía de Santiago de Cali la Sala de Lactancia está ubicada en el segundo piso del Centro Administrativo Municipal, precisamente cumpliendo en la normativa nacional. Allí, servidoras públicas y contratistas, en un espacio adecuado, cómodo y con todas las normas de bioseguridad pueden utilizarlo y de esta forma no desaprovechar el maravilloso líquido para alimentar a su cría.

Es claro, lo señala la normativa, que, el uso de estas salas no exime al empleador de reconocer y garantizar el disfrute de la hora de lactancia, la madre lactante podrá hacer uso de la misma o desplazarse a su lugar de residencia, o ejercerlo en su lugar de trabajo, en ejercicio del derecho que le asiste (artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo).

Las salas de lactancia en el sector privado aplican a aquellas empresas con capitales iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos o aquellas con capitales inferiores a 1.500 salarios mínimos con más de 50 empleadas.

 

Semana de la Lactancia

Del 01 al 07 de agosto se conmemora la Semana Mundial de la Lactancia Materna 2021, tiempo en el cual toda la sociedad debe sensibilizarse sobre la importancia de este procedimiento para el bienestar de la madre y de la criatura y porque no decirlo, para el mejoramiento de la salud pública.

La leche materna, durante el primer año de vida, es el mejor alimento para cubrir las necesidades nutricionales del lactante y, además, favorece el establecimiento del vínculo afectivo madre-hijo.

“Según UNICEF, no hay ninguna otra intervención en la salud que tenga un beneficio tan grande para las madres y sus bebés y que cueste tan poco a los Gobiernos como la lactancia materna. En los países pobres, los niños que reciben lactancia materna tienen 13 veces más posibilidades de sobrevivir, y amamantar desde el nacimiento reduce la mortalidad del recién nacido en un 45%”.

Por todo ello, la lactancia materna debe ser considerada un asunto de salud pública comunitaria y no solo la elección de un estilo de vida.

 

Beneficios para el bebé

  • Disminuye el número y gravedad de algunas infecciones
  • Disminuye el riesgo de muerte súbita del lactante
  • Consigue mayor rendimiento nutritivo con menor carga metabólica
  • Reduce el riesgo de síndrome de muerte súbita del lactante (SMSL)
  • Disminuye el riesgo de padecer enfermedades gastrointestinales, respiratorias y urinarias
  • Ayuda a prevenir la obesidad y futuras enfermedades crónicas, entre otras.

 

Beneficio para la madre

•  Establece el vínculo afectivo con la cría.

• Favorece la involución uterina y disminuye la hemorragia postparto.

• Retrasa la ovulación. No es un método anticonceptivo eficaz a nivel individual, pero ayuda a espaciar las gestaciones.

• Reduce el riesgo de cáncer de mama y de ovario premenopáusico.

• Mayor comodidad por la ausencia de preparación y manipulación.

• Ahorro económico.

• Ayuda a perder peso tras el embarazo.

Por lo anterior, El Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación institucional y las Secretarías de Salud Pública y Bienestar Social se suman a esta conmemoración con actividades diversas (ver programación aquí), a la vez que promocionan la Sala de Lactancia para que sus colaboradoras hagan uso de la misma para el bienestar de la madre y del bebé.

 

Mayor información sobre la Ley 1823 de 2017, en PDF anexo

Texto de apoyo: https://www.pediatriaintegral.es/publicacion-2015-05/lactancia-materna-ventajas-tecnica-y-problemas/