El proyecto de Acuerdo No 025 aprobado por el Concejo Distrital, con 19 votos a favor y dos en contra, para que el alcalde de Santiago de Cali, Jorge Iván Ospina Gómez, pueda contratar operaciones de crédito público en el marco de la reactivación económica y social de la ciudad, consta de los siguientes artículos…
Artículo primero: Autorizar al Alcalde de Santiago de Cali para contratar operaciones de crédito público, incluyendo emisión de bonos de deuda pública interna, con la banca comercial pública y/o privada, operaciones asimiladas, operaciones de manejo de deuda pública y conexas y otorgar las garantías que sean necesarias, hasta por la suma de $650 mil millones, hasta por quince (15) años en la emisión de bonos y hasta por diez (10) años para contratos de empréstito, para financiar dimensiones, líneas estratégicas, programas e indicadores del Plan de Desarrollo Distrital 2020-2023 ‘Cali Unida por la Vida’, en cumplimiento de la normatividad legal vigente, buscando siempre las condiciones más favorables del mercado financiero en pesos colombianos para el Distrito de Santiago de Cali.
Artículo segundo: Autorizar al Alcalde para la emisión de bonos que permita la sustitución y mejoramiento del perfil de los pasivos financieros contratados, siempre y cuando las condiciones financieras generen beneficios para la entidad. Se entiende que la presente autorización es distinta a la prevista en el artículo primero del presente acuerdo.
Artículo Tercero: El Alcalde realizará las adiciones presupuestales de los recursos provenientes de las operaciones de crédito, las operaciones de manejo de deuda pública y operaciones conexas, en los componentes correspondientes del presupuesto general del Distrito, conforme a las disposiciones legales y a las facultades que se le llegaren a otorgar en los respectivos Acuerdos Distritales del presupuesto.
Artículo Cuarto: El Alcalde de Santiago de Cali podrá hacer uso de las autorizaciones en forma total o parcial, cuando las necesidades del Distrito lo demanden, hasta el 30 de junio de 2023, pudiendo acudir a emisión de bonos por tramos y/o consecución de recursos con entidades financieras públicas y/o privadas, en uno o varios contratos y por los montos autorizados.
Artículo Quinto: La Administración Distrital presentará ante la Plenaria del Concejo informe sobre las operaciones de crédito que hayan sido suscritas dentro de los diez (10) primeros días de cada una de las sesiones ordinarias.
De acuerdo con el director del Departamento Administrativo de Hacienda, Fulvio Leonardo Soto Rubiano, este resultado es producto de varias discusiones y proposiciones en la Comisión de Presupuesto del cabildo caleño, el cual fue enriquecido por parte de los concejales y de la ciudadanía. “Esta Administración, con el liderazgo del alcalde Jorge Iván Ospina Gómez, siendo consciente de ello, adecúa la iniciativa que fue sancionada el día de hoy”, concluyó el titular de la hacienda municipal.