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Agosto 02, 2020 – 11:55 p. m.
Por:

Redacción de El País 

Desde este lunes 3 de agosto, comenzarán a operar dos cámaras móviles de detección electrónica sobre la autopista Cali- Yumbo.

Uno de los equipos estará ubicado a la altura del estadero Kioskitos del Norte (sentido Yumbo – Cali) y el otra a la altura de Alimentos Enriko (sentido Cali – Yumbo). Estos dos puntos se caracterizan por ser críticos en materia de accidentalidad vial.

Las fotomultas móviles tendrán la capacidad de detectar las infracciones de los vehículos que excedan los límites de velocidad permitida en la zona -en este caso 60 km/h- y que circulen con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y/o revisión técnico mecánica vencidas.

Cabe resaltar que las fotomultas operarán durante un mes imponiendo comparendos pedagógicos. No obstante, quienes violen las normas de tránsito durante este lapso, deberán hacer un curso de sensibilización vial para que la multa económica no les sea aplicada.

En este sentido, la etapa sancionatoria se iniciará el próximo 4 de septiembre. A partir de ese entonces, los infractores deberán pagar las multas como dispone la norma: la sanción por conducir a una velocidad no permitida tiene un costo de $438.900 pesos, tener el Soat vencido vale $887.800 y tener vencida la revisión técnico mecánica cuesta $438.900.

Un tema de seguridad vial

De acuerdo con Ingrid Esperanza Gómez, secretaria de Tránsito de Yumbo, la decisión de poner en operación las cámaras de fotomultas, se tomó para reducir los siniestros viales en la zona, que desde el 2012 han cobrado la vida de 36 personas. Además, desde el ese mismo año hasta el 2019, en el sector se tiene un registro de más de 300 accidentes, de los cuales en el 36 % han habido lesionados.

“La Autopista Cali – Yumbo es una vía que viene presentando demasiados siniestros, en parte, porque la gente conduce demasiado rápido. Por las huellas de freno que encontramos en estos sucesos, los vehículos venían conduciendo a más de 100 km/h, lo que hace que la colisión fuera demasiado fuerte y por eso hayan muy pocos sobrevivientes”, explicó Gómez.
Sin embargo, algunos conductores cuestionaron que la velocidad en las zonas donde funcionarán los equipos se haya reducido a 60 km/h.
“60 km/h debería ser la velocidad máxima en las vías urbanas y no en una carretera nacional, como lo es el caso de la Autopista Cali- Yumbo, en donde la movilidad debe ser rápida ya que por ella se transportan toneladas de carga diariamente. Para mí, la velocidad máxima debería ser 80 km/h”, indicó Jorge Lozano, conductor de una tractomula.

Entre tanto, Mónica Beltrán, trabajadora de la zona, señaló “que le parece muy bien que se vaya a limitar la velocidad de los vehículos con las fotomultas para disminuir los accidentes”.

“Yo llevo muchos años trabajando en la zona y me ha tocado ver varios choques y atropellamientos con muertos incluidos. Ni los perros se salvan de los excesos de velocidad”, contó la mujer.

“Fotomultas son legales”

Según la Secretaria de Tránsito de Yumbo, las fotomultas cuentan con la respectiva aprobación del Ministerio de Transporte y no son inconstitucionales, de acuerdo a lo indicado por la Corte Constitucional en el fallo del 6 de febrero de 2020, que tumbó parte de la norma que establecía que el propietario del vehículo debía responder de forma solidaria con el conductor por las multas que se impusieran con estos equipos de detección en el país.

“Respetaremos el debido proceso como lo dice la Corte, es decir, el propietario del vehículo deberá acercarse a la Secretaría a explicar sí es responsable o no de la infracción que se cometió en el mismo. puntualmente, la de exceder el límite de velocidad”, dijo.

Y agregó: “No obstante, para el tema circular con el Soat o la revisión técnico mecánica vencidos, sí deberá responder el propietario del vehículo particular y no el conductor que cometió la infracción. En el caso del transporte público, la responsabilidad por violar cualquiera de estas dos normas será solidaria entre el propietario y el conductor del vehículo”, manifestó Gómez.

Víctor Vallejo, abogado especializado en asuntos de tránsito, dijo que, si bien la sentencia de la Corte Constitucional del 6 de febrero del 2020 empezó a ser válida desde el pasado 8 de junio, “esta no afectó el funcionamiento “de fondo” de los temas fotodetección en el país. “Lo único que se afectó y fue declarado inexequible fue el parágrafo 1 del artículo 8 de la ley de fotomultas, el cual hablaba de la solidaridad del propietario del vehículo en todos los casos de infracción».

Tenga en cuenta

Actualmente, Yumbo cuenta con tres equipos de detección electrónica.
Uno queda en la antigua Vía Cali – Yumbo, a la altura de Ciudad Guabinas (sentido Cali-Yumbo) y que permite una velocidad máxima 60 km/h.

Las otras dos fotomultas están ubicadas a la altura del Colegio Liceo Francés, donde la velocidad permitida es de 30km/h en jornada escolar y de 50km/h sin jornada escolar (una queda en el sentido Cali-Yumbo y la otra en sentido Yumbo-Cali).



Cortesía de elpais.com