- La Secretaría de Educación Distrital ya realizó el trámite ante Tesorería y se encuentra a la espera de la transferencia de los recursos del Sistema General de Participación (SGP) por parte del Ministerio de Educación.
- El proceso se cumple dentro de los términos legales establecidos por la Ley 1176 de 2007.
Santiago de Cali, 29 de enero de 2026
La Secretaría de Educación Distrital de Santiago de Cali envía un parte de tranquilidad a los docentes, directivos docentes y trabajadores administrativos de las 92 Instituciones Educativas Oficiales (IEO) del distrito, informando que el pago de la nómina correspondiente al mes de enero de 2026 se hará efectivo este viernes 30 de enero.
Tras establecer comunicación directa con el Ministerio de Educación Nacional, la entidad rectora informó a la Secretaría Distrital que los recursos provenientes del Sistema General de Participación (SGP) serán girados a las cuentas del Distrito el día de mañana.
César Augusto López López, subsecretario Administrativo y Financiero de la Secretaría de Educación de Cali, envió un parte de tranquilidad a todo el personal de planta que trabaja en la Secretaría Distrital de Educación y explicó que “el pasado martes, el Ministerio de Educación nos comunicó que había una falla en sus sistemas de información, sin embargo la falla ya fue subsanada y nos informaron que el día mañana harán los giros correspondientes del Sistema General de Participación para, posteriormente, proceder con la dispersión de los recursos en las cuentas de los servidores públicos de la Secretaría de Distrital de Educación”.
Es importante resaltar que la Secretaría de Educación de Cali, en cumplimiento de sus funciones técnicas y administrativas, ya realizó el proceso de liquidación y envió formalmente la nómina al Departamento de Tesorería de la Alcaldía Distrital. Con este trámite adelantado, el Distrito garantiza que, una vez ingresen los recursos nacionales a las cuentas locales, se procederá de inmediato con la dispersión de los dineros a las cuentas bancarias de los rectores, maestros y personal de apoyo.
Respaldo legal y normativo
Este procedimiento se ajusta estrictamente a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1176 de 2007, el cual regula el flujo de recursos del SGP. Dicha norma establece que, el giro de las transferencias debe efectuarse en los últimos diez (10) días del mes correspondiente y las entidades territoriales cuentan con un plazo de hasta dos (2) días hábiles siguientes a la transferencia de la Nación para hacer efectivo el pago a los servidores.
Con esta confirmación, la Administración Distrital asegura la normalidad en el inicio de las actividades del año lectivo, respaldando la estabilidad económica de las familias de los trabajadores de la educación en Cali.
Iván Darío Rodríguez
Comunicaciones Secretaría de Educación Distrital


