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Santiago de Cali, enero 21 de 2026

Frente a los casos relacionados con la atención de  población -en condiciones de abandono social y vulnerabilidad- dentro de la ESE Hospital Geriátrico y Ancianato San Miguel durante las vigencias 2024 y 2025, la Alcaldía de Cali, a través de la Secretaría de Bienestar Social, se permite hacer las siguientes precisiones:

 

1-    El procedimiento de supervisión frente a este tipo de contratos es riguroso y permanente, el Programa Persona Mayor -de la Secretaría de Bienestar Social- cuenta con un equipo que realiza el seguimiento pertinente y detallado, en el que se despliegan visitas periódicas y no programadas para verificar las condiciones del espacio en el que se encuentra la población, revisión de actas de ingreso, retiro y se asegura que la atención prestada sea óptima y adecuada para cada beneficiario.

 

2-    Aclaramos que, frente a la información de pagos -referente a 26 personas que han fallecido- no tiene ningún tipo de relacionamiento con los incentivos entregados en el Programa de protección social Colombia Mayor y que aclara que corresponden directamente a la atención que la ESE San Miguel presta a los beneficiarios hasta el día antes de su deceso. Una vez las personas fallecen, se verifica -desde la supervisión- con el acta de defunción e inmediatamente son retiradas del listado de beneficiarios que se encuentra dentro del proceso contractual y se libera el cupo. Los pagos realizados están plenamente soportados. En ese sentido, es completamente falso que se hayan efectuado pagos por atención a personas ya fallecidas.

 

3-    Frente a las 12 personas mayores beneficiarias, sin Sisbén, en la ESE San Miguel:  es necesario aclarar que, esto se debe a que el acceso al servicio de albergue para esta población responde a un enfoque de derechos humanos y de protección constitucional y muchas de las personas que llegan a la institución ni siquiera cuentan con una cédula de ciudadanía, necesaria para el registro en el Sisbén. Tan pronto son recibidos en la ESE San Miguel, dicho proceso de registro no puede ser realizado, según los criterios del Sisbén.

 

Quienes ingresan, con los criterios de abandono social y ausencia de red de apoyo, están siendo atendidos con recursos públicos y en una entidad estatal, por lo que el acceso a Sisbén no se requiere y no es procedente.

 

4-    Con respecto al caso puntual de una persona mayor que se encuentra dentro del régimen contributivo y está siendo atendida en la ESE San Miguel, aclaramos que su vinculación se dio en el año 2018 y el caso se está trabajando a través de la Comisaría de Familia con el objetivo de ubicar a su red familiar, puesto son ellos quienes pagan su seguridad social, pero no lo acogen como lo requieren los derechos de esta población y su condición de vulnerabilidad debe seguir siendo atendida mientras se surte el proceso.