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  • Todos los drones y anti-drones que se usen durante el desarrollo de la COP16 en Cali, deben ser reportados ante la Secretaría de Seguridad y Justicia Distrital.
  • Dependencias nacionales, distritales, contratistas, medios de comunicación, diferentes ONG y empresas, deben reportar sus equipos antes del 1 de octubre al correo electrónico despacho.ssj@cali.gov.co.

 

Santiago de Cali, 24 de septiembre de 2024

Durante los días de la COP16 (21 de octubre al 1 de noviembre de 2024), las autoridades de Santiago de Cali no permitirán el vuelo de drones que no estén registrados previamente ante la Alcaldía.

Así lo determina la estrategia de seguridad de la Cumbre Mundial sobre Biodiversidad, acordada por el Gobierno Nacional y Naciones Unidas, que busca garantizar un contexto seguro, controlado y libre de amenazas para los participantes y la misma ciudadanía.

“Estos elementos deben ser registrados para poder tener una trazabilidad y control del espacio aéreo. Todo esto lo hacemos en conjunto con las autoridades nacionales, locales y la Fuerza Pública, pensando en garantizar la seguridad de caleños y visitantes durante la COP 16”, explicó Álvaro Pretel, subsecretario de la Política de Seguridad de la Alcaldía de Cali.

En esa línea, la Secretaría de Seguridad y Justicia Distrital, en conjunto con la Fuerza Aérea Colombiana, solicitan a entidades públicas, empresas privadas, medios de comunicación, diferentes ONG y a toda persona que durante este periodo requieran usar una aeronave remotamente tripulada, a inscribirla en el correo electrónico despacho.ssj@cali.gov.co.

Los equipos que no sean debidamente notificados antes del 1 de octubre de 2024, podrán ser catalogados por la Fuerza Pública como elementos potencialmente hostiles, lo que podría generar acciones correctivas en el marco de las estrictas medidas de seguridad de este evento internacional.

¿Qué información debe enviarse en el correo electrónico?

1. Tipo de equipo: dron o anti-dron (UAS/C-UAS).
2. Marca.
3. Modelo.
4. Serial.
5. Institución o empresa propietaria.
6. Operador o persona responsable.
7. Número de celular de contacto.

Para recordar…

Todas las ciudades, incluyendo a Cali, poseen áreas donde está restringido el uso de drones, como bases militares, estaciones de policía, aeropuertos, etc. Además, existe el Reglamento Aeronáutico de Colombia (RAC), que contiene las disposiciones para la utilización y operación aérea y terrestre de aviación civil, el cual rige también en el caso de los drones.

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