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En una capacitación virtual realizada este miércoles, 18 de agosto de 2021 el Departamento Administrativo de Hacienda dio a conocer la normatividad y modificaciones hechas en la presentación de medios magnéticos, por medio de la cual cerca de 800 personas pudieron ampliar esta información por medio de un Facebook Live en el perfil del organismo.

La subdirectora de Impuestos y Rentas, Erika Suley Zapata Lerma mencionó que “el fundamento legal de este reporte es la Resolución 1150 de 2019 y para el año 2021 hemos emitido algunas modificaciones a través de la Resolución 165, en la cual ampliamos las fechas límite de presentación con el fin de que nuestras empresas y contadores tuvieran más tiempo para esta importante rendición, iniciaba en julio, ahora empezará el 1 de septiembre de acuerdo al último número del NIT”.

Anteriormente, este procedimiento debía ser firmado por el representante legal o el revisor fiscal, se debía llevar al Centro Administrativo Municipal (CAM) o a los Centros de Administración Local Integrada (CALI) que tuvieran ventanilla única, los contribuyentes usaban discos compactos para radicar, luego con la llegada de la pandemia generada por la covid – 19, se creó un mecanismo con el cual se evitaba que las personas salieran, podían hacerlo a través del Orfeo, ahora, en el 2021 se puede realizar de manera virtual.

La profesional encargada de este tema, perteneciente a esta subdirección, Maricel Borja Barona, explicó que este fue uno de los cambios más significativos: “se llegó a la conclusión de que el mismo sistema nos generara el número del radicado a través de una clave temporal, o sea, el formato ya no va firmado”.

Gracias a que se hicieron las pruebas necesarias para que funcionara este instrumento de autenticidad y fiabilidad, y que se agregaran y/o actualizaran los programas, manuales, plantillas y Resoluciones, desde el 6 de agosto de 2021 fue posible para la ciudadanía empezar a subir la información exógena en línea.

“Les recomendamos no esperar hasta su fecha de vencimiento para hacer esta diligencia, ya que, si hay alguna duda frente a las plantillas, al cargue de los documentos o al proceso de validación, desde Rentas o DATIC tengamos tiempo de colaborarles”, sugirió Borja Barona, quien agregó que la ciudadanía puede contactarse al correo rentas.municipales@cali.gov.co, brindando el nombre completo, NIT y pantallazos de aquello que necesiten resolver sobre esta declaración.